Hero Image

Noticias

Opinión | Klaus Schmidt-Hebbel:»La expropiación de los ahorros previsionales de los trabajadores en Argentina»

Jueves 6 de junio | El Mercurio

Por Klaus Schmidt-Hebbel, profesor titular FEN UDD y UC y Karol Fernández, vicepresidenta ejecutiva de la Federación Internacional de Administradoras de Fondos de Pensiones (FIAP) y académica U. San Sebastián

Hacia fines de los años 80 el sistema de reparto argentino estaba quebrado, lo que condujo a considerables reducciones y retrasos en el pago de pensiones. Como consecuencia, en 1993 se aprobó una reforma de pensiones que estableció un sistema mixto, incorporando un esquema de capitalización individual (administrado por las AFJP) en competencia con un reformado régimen de reparto (administrado por el Estado). Ambos sistemas —privado y público— coexistían, y todos los trabajadores (antiguos y nuevos) elegían el sistema en el cual cotizar; el 90% de ellos optó por el régimen privado.

Durante los 14 años de existencia del sistema de capitalización individual se logró una tasa de rentabilidad anual real promedio de 6,6% sobre los ahorros de los trabajadores, muy por sobre la de otros países de la región con sistemas similares. La comisión promedio pagada a las AFJP disminuyó de 3% de los salarios en 1995 a 1,25% en 2006.

A fines de 2008, después de varios meses de bajas rentabilidades de los fondos durante la Crisis Financiera Global (como sucedió en todo el mundo), el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner utilizó lo anterior como una (mala) excusa para abolir el sistema de capitalización individual. El gobierno expropió, sin una consulta previa a sus legítimos dueños, los ahorros de 9,5 millones de trabajadores. En total, alrededor de US$ 30.000 millones fueron confiscados.
La razón de fondo de la expropiación fue allegar recursos a un Estado quebrado, con déficits fiscales crecientes, una deuda insostenible y un gobierno sin acceso a nuevo financiamiento.

Los ahorros expropiados fueron transferidos a un fondo estatal, dejando de existir las cuentas individuales. En adelante, todos los afiliados se jubilarán bajo las reglas del sistema de reparto, incluyendo el requisito de cotizar por al menos 30 años para acceder a una pensión. Ni los trabajadores expropiados de sus ahorros (incluidos los voluntarios), ni las empresas expropiadas de su negocio (AFJP y compañías de seguros) recibieron ningún tipo de compensación.

Esta expropiación argentina es el único caso conocido en el mundo en que los activos pensionales de los trabajadores fueron transferidos al gobierno, sin ofrecer una alternativa a sus dueños.

La inyección de recursos expropiados dio un alivio financiero transitorio al régimen de reparto. Hacia 2020 las contribuciones de los argentinos cubren en torno al 60% del pago de beneficios, el gasto público en pensiones se duplicó entre 2006 y 2020 (de 5% a 11,3% del PIB), y se proyecta que el déficit del sistema de reparto llegará a un rango de 3,5-5,1% del PIB hacia 2040 (Urbiztondo, 2020). Lo insólito de esto es que después de la expropiación de los cuantiosos fondos privados, el sistema estatal de reparto es más insostenible que antes.

Otras consecuencias negativas de la abolición de las AFJP incluyen la pérdida de transparencia del sistema, la concentración del 85% de la cartera de inversiones en activos estatales de dudosa rentabilidad y la eliminación de la Superintendencia de Pensiones. Peor aún: se estima que solo el 47% de los trabajadores expropiados cumplirá con el requisito de cotizar por 30 años para tener derecho a una pensión en el sistema de reparto (Apella, 2009). En otras palabras, el 53% de los trabajadores expropiados no tendrá derecho a una pensión bajo el régimen público monopólico.

Metlife, dueño de una de las AFJP expropiadas, demandó en 2017 al gobierno argentino ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi), por la violación del Tratado de Protección de la Inversión (TBI) firmado entre Estados Unidos y Argentina. Tras un largo juicio, el pasado 5 de abril el tribunal arbitral determinó que Argentina había violado el TBI, condenando al Estado a compensar monetariamente al demandante.

Este laudo siembra un importante precedente para el mundo, porque deja de manifiesto que el término de las AFJP fue un acto expropiatorio y no solo un cambio normativo, como argumentó Argentina en su defensa. Es importante que las autoridades de nuestra región tengan claras las desafortunadas consecuencias que pueden tener estas decisiones populistas.