Klaus Schmidt-Hebbel
Profesor e investigador CIES UDD
El Mercurio
01 de agosto 2024
Las AFP manejan e invierten los fondos pensionales ahorrados por sus afiliados, obteniendo rentabilidades sobre dichas inversiones y entregando más de 20 servicios a sus afiliados, a quienes cobran comisiones. Hay solo una diferencia importante entre lo que hacen las AFP y otras instituciones financieras: la obligación legal de los afiliados de cotizar en una AFP.
Dicha obligatoriedad conlleva algunas imperfecciones de mercado: hay una gran heterogeneidad entre los afiliados respecto de su educación financiera, su comprensión del sistema previsional y su interés por entenderlo. Ello redunda en la falla sistémica mayor: la ausencia de un diálogo entre las AFP y sus afiliados para superar parte de las falencias anteriores, apoyando una información más completa respecto de los resultados comparativos de su AFP y una decisión informada sobre su permanencia o cambio a otra AFP.
¿Qué se puede hacer al respecto?
Una propuesta reciente (P1), de la Comisión Técnica de Pensiones y de mi destacado colega Salvador Valdés, se centra solo en las diferencias en comisiones entre AFP. Con el objetivo único de reducir comisiones, P1 propone una reforma legal que obligaría a una licitación obligatoria de todos los afiliados actuales en 10 años (20% cada dos años), con la reserva de una opción de no participación por cada afiliado, que requiere de su desistimiento explícito.
Esta propuesta ha generado variadas críticas, por A. Charme, A. Fermandois, C. Cifuentes y otros, por sus negativas consecuencias financieras, legales, constitucionales y de operación del sistema de pensiones. Sin embargo, la mayor falencia de esta propuesta de licitación mecánica de afiliados es que puede violar la soberanía del consumidor y, particularmente, no apunta a corregir la imperfección inicial, que es la falta de información provista por las AFP y la falta de un diálogo constructivo entre las AFP y sus afiliados.
Por eso, presento una propuesta alternativa, que corrige el problema en su raíz. La propuesta 2 (P2) plantea una reforma legal que obligaría a las AFP a realizar lo siguiente, cada dos años, en etapas.
Pregunta 1: ¿Está usted satisfecho con las rentabilidades, los servicios provistos y las comisiones cobradas por su AFP? Si responde sí, se queda en esta AFP.
Si responde no, se le formula la siguiente pregunta 2: ¿Quiere cambiarse a otra AFP?
Si responde no: se queda. Si responde sí, se le formula la siguiente pregunta 3: ¿quiere cambiarse ahora o quiere participar en la siguiente licitación de los nuevos entrantes y de los actuales afiliados que así lo desean?
Si responde que quiere cambiarse ahora, la AFP lo acompaña a realizar el cambio a la AFP que decida el afiliado.
Si responde lo segundo, participa en la licitación de los nuevos entrantes y de la parte de los actuales afiliados que así lo han decidido.
Además, todos los afiliados que no responden a las preguntas anteriores, se agregan automáticamente a la licitación que se hace cada dos años para los nuevos entrantes al mercado laboral formal.
La P2 tiene las siguientes ventajas sobre la P1. Primero, resuelve la imperfección original de desinformación del afiliado y la falta de diálogo entre él y la AFP. Segundo, no viola la soberanía del afiliado. Tercero, genera fuertes incentivos a la AFP a contactar e informar a todos sus afiliados. Cuarto, refuerza los incentivos para la participación de más AFP en las licitaciones que se hacen cada año. Por último, incentivará la competencia entre las AFP, mejorando el paquete completo, con comisiones más bajas, mayores rentabilidades y mejores servicios provistos por las AFP.
A la luz de estas propuestas, la última encuesta Panel Ciudadano UDD formuló preguntas sobre apoyo y rechazo de ambas. Los resultados son lapidarios. Sobre la P1, solo un 32% se mostró (muy) de acuerdo. Sobre la P2, un 82% se mostró (muy) de acuerdo.