Hernán Cheyre
Presidente CIES UDD
Diario Financiero
Viernes 14 de marzo 2025
Con la sentencia del Tribunal Constitucional que no puso reparos al proyecto de reforma al sistema de pensiones aprobado en enero, la iniciativa ya está en condiciones de ser promulgada como ley. Atrás queda el duro debate que se produjo durante su tramitación legislativa y las ásperas recriminaciones entre sirios y troyanos -e incluso entre los propios sirios y troyanos- por aquello en lo que se cedió y en lo que no se debió haber cedido. Pero esto es lo que se obtuvo y a partir de ello hay que mirar hacia adelante y trabajar en su implementación. Propuestas legislativas como la anunciada por la ministra Jara para autorizar la participación de una entidad estatal en la administración de las inversiones previsionales carecen de sentido al no estar los votos para ello. Por algo no se aprobó en la instancia que recién termina, quedando en evidencia que lo que hay detrás de esto no es más que un gesto testimonial.
El desafío que impone la implementación de la ley aprobada es colosal, especialmente en el ámbito institucional. El Seguro Social que se crea -financiado con 4 puntos de la cotización adicional y por aportes fiscales será administrado por el Instituto de Previsión Social (IPS), al que se le asignan los siguientes roles fundamentales: recaudar las cotizaciones; traspasarlas al Fondo Autónomo de Protección Previsional (FAPP); supervisar el funcionamiento del organismo autónomo que administrará los recursos del FAPP; pagar las prestaciones que crea la nueva ley (beneficio por año cotizado, compensación por mayor expectativa de vida de la mujer, pensiones derivadas del seguro invalidez y sobrevivencia); y administrar la parte operativa del préstamo de los afiliados al FAPP (bonos de Tesorería que se emitirán como resguardo de los aportes de los cotizantes y posterior canje por bonos amortizables en 20 años cuando llegue el momento de la jubilación).
En el caso específico del seguro de invalidez y sobrevivencia (SIS) está contemplada la presentación de un proyecto de ley que regule su funcionamiento, ya que el nuevo esquema difiere radicalmente del sistema vigente.
Más allá de los esfuerzos que habrá que realizar para controlar la presión fiscal asociada a esta iniciativa, la clave del éxito va a estar en la solidez institucional que se logre crear, incorporando los debidos contrapesos para lograr una buena gestión y para evitar riesgos de captura.
El FAPP ha sido concebido como un ente autónomo con un gobierno corporativo independiente, pero el IPS, servicio dependiente del ministerio del Trabajo, no va a presentar las mismas características. Considerando que ofrecerá el servicio de administración de cuentas a los administradores de fondos de pensiones que lo soliciten, el riesgo de incurrir en prácticas de competencia desleal ofertando precios subsidiados no va a estar ausente, y habrá que buscar fórmulas efectivas para evitar que ello ocurra. Pero por sobre todo, lo fundamental va a ser lograr asentar la existencia de una institucionalidad autónoma que maneje el tema a partir de criterios técnicos, consolidando la capitalización individual como eje fundamental del sistema, y minimizando la tendencia hacia la inflación de beneficios que ha sido característica en los componentes de reparto de los sistemas previsionales.