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Dogmatismo tributario «sin renuncia»

Por Hernán Cheyre:

A pesar del mayor realismo que hoy se transmite en Teatinos 120 respecto de la situación de las cuentas fiscales, sorprende que en el ámbito tributario se siga actuando al margen de la realidad. Quienes opinamos en favor de una adecuación tributaria más de fondo que lo que ha propuesto el Gobierno no es que nos estemos “avivando”, como ha dicho el ministro. Lo que ocurre es que miramos con preocupación el curso que está tomando la economía chilena, así como los nubarrones que se avizoran en el escenario internacional, haciéndose más necesario que nunca generar condiciones que permitan vigorizar la inversión privada. Dada la incidencia que el tema tributario tiene en este ámbito, lo procedente sería revisar la estructura que se aprobó en forma apresurada, y adecuarla de tal forma de minimizar su impacto negativo sobre la inversión. Urge revisar el tema con una mirada menos ideológica, y con mayor sustento técnico.

Ante lo absurdo y complejo que resultaba contar en forma simultánea con dos regímenes tributarios para las empresas –que a juicio de los especialistas no era posible de aplicar en la práctica, a pesar de las voluminosas circulares que se dictaron aclarar ciertas imprecisiones e inconsistencias-, el ministro Valdés hizo bien en aclarar que se enviará un proyecto de ley para limitar el uso de la opción de “renta atribuida” solo a aquellas sociedades constituidas por personas naturales, con lo cual la modalidad predominante pasa a ser la del régimen “semi integrado”. Sin embargo, esta opción también introduce problemas serios, que no se resuelven con los cambios anunciados. El primero de ellos es que al subirse la tasa de impuesto a las utilidades de las empresas a 27%, a pesar de que el tramo más alto de la escala del global complementario que pagan las personas disminuye a 35%, al reconocerse como crédito en la tributación personal solo el 65% de lo que la empresa ya pagó a nombre de sus socios o accionistas, la carga efectiva para ellos sube a 44,5%, con lo cual la rentabilidad de las inversiones cae. Un segundo problema es que los accionistas cuya tasa marginal de impuestos a nivel personal sea inferior a 17,55% -la fracción del impuesto de primera categoría que se podrá utilizar como crédito en la tributación personal- experimentarán un alza impositiva importante, ya que no se les devolverá lo pagado en exceso, y que la empresa canceló a nombre de ellos. Un tercer aspecto a mencionar es que la tasa máxima que van a pagar las personas bajo esta modalidad (44,5%) será mayor que la tasa máxima que van a cancelar inversionistas extranjeros que desarrollen la misma actividad (35%). Esta discriminación en contra de los inversionistas nacionales no tiene ninguna justificación, y por tanto va a constituir un factor de desincentivo adicional. En cuarto lugar, un comentario en relación a la tributación a las pymes (artículo 14 ter): si bien es cierto esta norma entrega potencialmente beneficios importantes a las empresas de menor tamaño, que permitirían atenuar los problemas señalados en los puntos anteriores, las restricciones que se establecen en cuanto a consolidación de ingresoscon otros socios aportantes de capital dejan a muchas fuera del beneficio, y resultan especialmente gravosas para los emprendimientos con mayor potencial de crecimiento que requieren el apoyo de fondos de inversión, inversionistas ángeles y de otras empresas de mayor tamaño.

Con todo, sorprende el dogmatismo con que el Gobierno está enfrentando esta discusión. En un contexto particularmente delicado para la economía nacional, en el cual la disminución de las inversiones se ha convertido en uno de los factores de mayor preocupación, si hay algo que se necesita es entregar señales que permitan revertir esta tendencia. Lamentablemente, la reforma tributaria está apuntando en la dirección opuesta: el alza en la tasa efectiva de impuesto a las utilidades que deberán soportar los inversionistas está subiendo en forma importante, y el abandono del régimen de integración total entre la tributación a nivel de empresas y personas será responsable en gran medida de este problema.

Las autoridades no están mostrando ninguna disposición a revisar el tema de las tasas y bases tributarias contenidas en la reforma, argumentando que las nuevas tasas contenidas en la ley están dentro del rango promedio de los países miembros de la OCDE, y que el tema ya se zanjó en la discusión de la ley.

Respecto de lo primero, cabe señalar que lo relevante es considerar tanto las tasas como la base, y en ese sentido lo que se observa en el marco de los países de la OCDE al medir la proporción que la recaudación proveniente de impuestos corporativos representa respecto del PIB, es que Chile se encuentra en uno de los primeros lugares de la lista, y luego de la reforma seguiremos escalando posiciones (ver Temas Públicos LyD, agosto 2015). Esto, a pesar de que nuestro nivel de ingreso per cápita es muy inferior al que exhiben esos países.

Y en cuanto a lo segundo, todos sabemos que la discusión legislativa de la reforma no recibió la atención que ameritaba en la Cámara de Diputados, y que cuando pasó al Senado la premura por aprobarla condujo a una negociación política de la cual surgió un híbrido deforme. A pesar de lo discutible que puede ser la necesidad de aumentar la carga tributaria en el equivalente a 3 puntos porcentuales del PIB, si esa es la piedra de tope, bien se pueden idear fórmulas alternativas para alcanzar esa recaudación, minimizando los efectos colaterales dañinos que ello representa sobre el ahorro y la inversión.