Por Klaus Schmidt-Hebbel, académico FEN UDD | De Puño y Letra, El Mercurio | Lunes 10 de octubre, 2022
El Gobierno envió un proyecto de reforma tributaria al Congreso que, de adoptarse como ley, constituiría la cirugía más radical realizada a nuestro sistema tributario. La propuesta eleva a niveles extremos los impuestos a los ingresos del capital que pagan las empresas y las personas.
La gran minería privada chilena es especialmente castigada por esta propuesta. El actual impuesto específico a la actividad minera (IEAM) del cobre, que grava hasta en 24% las utilidades, sería sustituido por un royalty a la minería que grava hasta en 63,8% las utilidades del cobre. Considerando además la tasa de impuesto a la renta de 27%, la combinación de esta y el royalty implicarían una tasa efectiva total de hasta 73,6% de las utilidades de las grandes mineras, que más que duplica la tasa efectiva (IEAM e impuesto renta) actual, de 35,2%. Esta tributación excesiva es la mejor forma de asegurar que los chilenos no invertirán más en cobre.
La propuesta de Marcel también castiga en forma extrema los ingresos del capital a nivel de las personas, a través de tres formas. Primero, la propuesta aumenta los impuestos para las personas de ingresos mensuales superiores a $4 millones, sin tocar al 98% de las personas que perciben ingresos menores.
Segundo, la propuesta desintegra completamente los impuestos pagados por las empresas de los impuestos pagados por las rentas del capital que obtienen las personas. Hoy las personas perciben un crédito por el 65% de los impuestos pagados por las empresas; la propuesta de desintegración total de nuestro sistema semiintegrado actual reduciría este crédito a cero. Eso significa que se pagaría dos veces, y plenamente, el impuesto a las utilidades de las empresas, lo que afectaría a las personas de todos los ingresos.
La desintegración total intensifica al extremo la discriminación del sistema impositivo entre perceptores de ingresos del trabajo y del capital. Hoy una persona que percibe ingresos del trabajo equivalentes a una renta imponible de $8,3 millones mensuales (el Sr. A) paga una tasa efectiva total de impuestos de 19,8% sobre su renta. En cambio, si la renta imponible del mismo monto es de una persona (el Sr. B) que solo percibe utilidades distribuidas por una empresa no minera, los impuestos totales pagados por la empresa y por la persona equivalen a 29,3% de su renta imponible. La propuesta de Marcel eleva la tasa efectiva total del Sr. A a 22,2%, mientras que casi duplica la tasa efectiva total del Sr. B, a 49,2% de su renta imponible.
Tercero, la propuesta incluye un inédito y trasnochado impuesto a la riqueza de las personas de patrimonio medio-alto y alto, a elevadas tasas marginales de 1% y 1,8% del patrimonio. Mientras 12 países de la OCDE tenían un impuesto a la riqueza en 1990, nueve de estos países lo derogaron después, por ineficiente: recaudaba poco y causaba desinversión y salidas de capitales.
Ahora comparamos las tasas efectivas (expresadas como porcentaje de su renta) de la suma del impuesto a la renta y al patrimonio para los perceptores de ingresos del capital. Bajo el sistema actual (semiintegrado y sin impuesto al patrimonio), la tasa efectiva de la anterior suma corresponde a 19,8% para el Sr. B, quien tiene un patrimonio de US$ 5 millones. Con la propuesta de Marcel, la tasa efectiva para el Sr. B llegaría a 23,2%. Para otra persona con un ingreso mensual muy alto (por utilidades distribuidas por una empresa minera muy grande) y un patrimonio muy alto (el Sr. C), la tasa efectiva corresponde hoy a 38,3% de su renta imponible. Con la propuesta tributaria, esta tasa se duplicaría, alcanzando un 77,4% (o “solo” un 50%, que es el valor máximo incluido en una indicación del ministro, posterior al proyecto inicial).
Pero las anteriores tasas efectivas excluyen los impuestos (o parte de ellos) pagados por las empresas. Si se expresan los impuestos totales (IEAM o royalty, más impuestos a renta empresas, renta personas y patrimonio) como porcentajes de la renta imponible de los perceptores de las utilidades, la tasa efectiva total al capital llega hoy a un 29,3% de la renta imponible del Sr. B, y aumentaría a 50,2% bajo la propuesta. En cambio, para el Sr. C la tasa efectiva total es hoy de 73,5%, duplicándose a 151% bajo la propuesta de Marcel (o algo menos, a 123,6%, si se impone el tope de 50%, mencionado arriba).
Estas tasas propuestas por Marcel son expropiatorias. De aprobarse, implicarían grandes desincentivos al ahorro y a la inversión, al emprendimiento y al empleo, debilitando seriamente las bases del crecimiento futuro y de la propia recaudación tributaria. ¿En cuánto?
Un parámetro clave (la semielasticidad) es la variación porcentual en la variable afectada en respuesta a un aumento de un punto porcentual en la tasa de un impuesto. Pues bien, el informe financiero que acompaña el proyecto de ley incluye solo dos semielasticidades que provienen de apenas dos estudios: un valor de 0,24 para los ingresos del capital y un valor de 6 para la riqueza reportada (Dipres: Mensaje No. 064-370 págs. 4 y 8). Mi revisión de 35 estudios internacionales con resultados sobre cambios en impuestos implican rangos en valores más altos y, por lo tanto, implican estimaciones más bajas para la recaudación de impuestos a la renta y a la riqueza que las de Dipres. El caso más flagrante de subestimación es la semielasticidad de 6 que supone Dipres para la riqueza reportada. Este valor está fuera del rango de 7-17 del único estudio citado por la misma Dipres y está completamente fuera del rango de 14-32 reportado en los estudios que yo he revisado. En resumen, los informes técnicos que acompañan la propuesta tributaria de Marcel son sesgados y pobres, careciendo del sustento mínimo para fundamentar las estimaciones de los efectos sobre la recaudación (incluidas en los informes) y sobre las principales variables macroeconómicas (excluidas de ellos).
La propuesta de Marcel incluye muchas otras medidas tributarias que son inequitativas e ineficientes. Solo menciono tres, particularmente gravosas e injustas: los nuevos impuestos a las utilidades no distribuidas, la extrema discriminación entre pymes con ventas anuales por UF 75.000 (con sistema plenamente integrado) y las pymes con ventas por UF 75.001 o más (con sistema totalmente desintegrado), y la enorme discriminación tributaria en contra (a favor) de inversionistas nacionales (extranjeros).
El Congreso debe rechazar esta propuesta en su formulación actual (incluidas las indicaciones), porque su aprobación destruiría un pilar central del desarrollo de Chile. El ministro Marcel debería retirar el proyecto actual y poner a trabajar a su equipo en una reforma seria, excluyendo o reformulando los cambios tributarios centrales de la propuesta actual e incluyendo reformas eficientes y justas. Entre las últimas deberían estar un alza significativa de los impuestos específicos a los combustibles y la extensión de la tributación a la renta a muchos más contribuyentes (como propone la OCDE a Chile).